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Decreto Ejecutivo :
29588
del
28/05/2001
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Reglamento Sanitario y de Inspección Veterinaria de Mataderos, Producción y Procesamiento de Carnes.
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Ente emisor:
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Poder Ejecutivo
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Versión de la norma: 2 de 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29588 - Articulo 68
Artículo 68
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Versión del artículo: 1 de 1
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Artículo 68
Artículo 68 .—Contar con jaula para retención de carne en canal y para retención de carne empacada, que puedan mantenerse con dispositivos de seguridad para el almacenamiento de carnes "retenidas", que estén construidas y ubicadas de tal forma que se impida todo riesgo de contaminar otras carnes, así como el riesgo que puedan sustituirse unas por otras.
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