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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29629 >> Fecha 11/06/2001 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29629 - Articulo 10
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Artículo 10
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CAPÍTULO III

CAPÍTULO III

De la comercialización de la leche de ganado vacuno

Artículo 10.—El etiquetado de la leche de ganado vacuno se ajustará a lo estipulado en la Norma General de Etiquetado de los Alimentos Preenvasados y deberá especificar que se trata de un producto fortificado con la frase "Leche de Vaca Fortificada" o "Leche de Vaca Enriquecida", deberá indicar la cantidad de micronutrientes agregados según el artículo 4° del presente reglamento.

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