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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29629 >> Fecha 11/06/2001 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29629 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15

Artículo 15.—El Ministerio de Salud coordinará con los demás entes públicos involucrados en la materia todas las acciones necesarias para asegurar la cabal aplicación y cumplimiento del presente Reglamento.

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