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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29631 >> Fecha 18/06/2001 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29631 - Articulo 50
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Artículo 50
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SECCIÓN CUARTA

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Del acto final

 

Artículo 50.—El acto final deberá dictarse con las formalidades que exige el ordenamiento jurídico.

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