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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29631 >> Fecha 18/06/2001 >> Articulo 59
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29631 - Articulo 59
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Artículo 59
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Artículo 59.—Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, solo podrán fungir como responsables de la inspección, quienes no estuvieren vinculados con universidades públicas o privadas, dentro de los dos años inmediatos anteriores.

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