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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29631 >> Fecha 18/06/2001 >> Articulo 72
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29631 - Articulo 72
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Artículo 72
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Artículo 62

Artículo 72.—Como parte de las potestades de inspección, el CONESUP estimulará y apoyará las tareas de un sistema nacional de evaluación y acreditación de la educación superior.

(Así corrida su numeración por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 35810 del 20 de enero de 2010, que lo traspasó del antiguo artículo 62 al 72 actual)

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