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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29631 >> Fecha 18/06/2001 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29631 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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    Transitorio I.—Las universidades privadas podrán actualizar sus nóminas de personal académico de conformidad con la reforma del Artículo 20 del Reglamento General del CONESUP, aprobado en la Sesión Nº 519-2004, del 8 de diciembre de 2004. Para efectos de certificar la experiencia académica, podrán utilizar la experiencia de los docentes acumulada a la fecha, incluyendo aquellos docentes que actualmente se encuentren impartiendo lecciones y no hayan sido enviados para su aprobación al CONESUP. Para esto último, las solicitudes deberán ser presentadas dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta reforma.

  (Así adicionado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 32784 del 3 de octubre del 2005)

 

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