Transitorio I
Transitorio I.La
actualización del monto de los impuestos establecidos en los Capítulos I y II de la Ley
N° 8114 a que hace referencia el Transitorio II de esa misma Ley, tomará como base la
variación en el índice de precios al consumidor para el período transcurrido desde el
mes de noviembre del 2000 hasta el mes anterior al de entrada en vigencia de la Ley, y
comenzará a regir a partir de la vigencia establecida en el Decreto mediante el cual se
establezca la actualización de dichos impuestos.
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