Artículo 14
Artículo 14.—Funciones del Área de Planificación e Inteligencia. Son funciones del área de Planificación e Inteligencia:
a) Diseñar, organizar, dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el planeamiento táctico de las investigaciones, así como con las de informática y estadistica, para apoyar a los equipos de trabajo en la ejecución de sus actividades.
b) Dirigir, coordinar, orientar y controlar los procesos de recopilación y sistematización de datos relacionados con las investigaciones de delitos fiscales, para su análisis y utilización.
c) Coordinar y mantener el flujo de información necesario con las distintas bases de datos a escala nacional e internacional, que por su naturaleza faciliten los procesos de investigación fiscal.
d) Recibir, controlar y distribuir las denuncias presentadas, dándoles trámite y seguimiento a los procesos de investigación.
e) Establecer los medios de comunicación necesarios para la aplicación de los lineamientos, las disposiciones técnicas y legales, para la implementación de las estrategias requeridas en cada operativo.
f) Apoyar y orientar técnicamente a los equipos de trabajo que requieran de información, durante los procesos de investigación.
g) Recopilar y producir información estadística para la creación y mantenimiento de bases de datos, con el objeto de analizar las tendencias delictivas fiscales y fortalecer la planeación operativa.
h) Realizar estudios de factibilidad para determinar la necesidad de instalar o eliminar puestos de control.
i) Coordinar con el Área de Operaciones la instalación y funcionamiento de los puestos de control, asi como establecer los medios de comunicación necesarios con aquellas dependencias que se requieran del Ministerio de Hacienda, Poder Judicial, fuerzas Policíales y demás instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales.
j) Realizar informes trimestrales dirigidos a la Dirección, sobre las labores realizadas, de conformidad con las disposiciones técnicas, las normas y los procedimientos legales establecidos.
i) Realizar otras funciones que le encomiende la Dirección.
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