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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28833 >> Fecha 26/07/2000 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28833 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22

Artículo 22.—Procedimientos por deficiencias en la calidad. Cuando la calidad del servido obtenga en la columna correspondiente a los criterios tipo O, una calificación igual o inferior a C, el Consejo iniciará los procedimientos correspondientes de conformidad con lo que al efecto establezca el contrato de concesión.

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