El Concejo Municipal del cantón de Goicoechea en sesión ordinaria Nº 50-99, celebrada el día 13 de diciembre de 1999
El Concejo Municipal del cantón de Goicoechea en sesión ordinaria Nº 50-99, celebrada el día 13 de diciembre de 1999.
Artículo 16º, por unanimidad y con carácter firme aprobó:
"La siguiente reglamentación al artículo 70 de la Ley de Planificación Urbana, en la siguiente forma:
Artículo 1º – Cobrar un impuesto de 0.25% sobre el valor de las construcciones y urbanizaciones que mediante programas de vivienda, declarados de interés social, lleven a cabo las Asociaciones Cooperativas, las Asociaciones Solidaristas, las Asociaciones de Desarrollo Comunal y las Asociaciones de Vivienda, siempre y cuando estén legalmente constituidas.
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