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 Normativa >> Ley 7033 >> Fecha 04/08/1986 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7033 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
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TRANSITORIO I.- Los dineros y otros valores que, al entrar en vigencia esta ley, se encuentren depositados en calidad de garantía a favor de la Dirección General, pasarán a formar parte del fondo especial establecido en esta ley.

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