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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29744 >> Fecha 29/05/2001 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29744 - Articulo 1
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PODER EJECUTIVO

Nº 29744-J

(Este decreto fue derogado por el artículo 9 Reglamentación del artículo 11 de la Ley de Fundaciones,  aprobado mediante decreto ejecutivo N° 36363 del 5 de noviembre de 2010)

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

Con fundamento en los incisos 3 y 18 del artículo 140 de La Constitución Política y el artículo 28 inciso b) de La Ley General de la Administración Pública,

Considerando:

1º-Que la Ley de Fundaciones Nº 5338 de 28 de agosto de 1973, en su artículo 11 establece que, el Poder Ejecutivo designará a un representante ante las Juntas Administrativas de las Fundaciones.

2º-Que mediante el Decreto Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995 se confiere dicha potestad de nombrar a un miembro de la Junta Administrativa de esas personas jurídicas, al Presidente de la República junto con el Ministro de Justicia.

3º-Que el Poder Ejecutivo, considera de suma importancia emitir lineamientos generales que sirvan para adecuar la actuación del representante del Poder Ejecutivo ante las Fundaciones.

4º-Que por existir un evidente interés público en las Fundaciones, se hace necesario además reglamentar el proceso de selección y nombramiento del representante del Poder Ejecutivo ante éstas. Por tanto,

Decretan:

Reglamento al artículo 11 de la Ley de Fundaciones

Artículo 1º-El presente reglamento regulará el nombramiento y desempeño de las funciones del representante del Poder Ejecutivo en las Fundaciones, designación establecida en el artículo 11 de la Ley de Fundaciones.

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