PODER EJECUTIVO
Nº 29744-J
(Este decreto fue derogado por el artículo 9 Reglamentación
del artículo 11 de la Ley de Fundaciones, aprobado mediante decreto
ejecutivo N° 36363 del 5 de noviembre de 2010)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Con fundamento en los incisos 3 y 18 del
artículo 140 de La Constitución Política y el artículo 28 inciso b) de La Ley
General de la Administración Pública,
Considerando:
1º-Que la Ley de Fundaciones Nº 5338 de 28 de
agosto de 1973, en su artículo 11 establece que, el Poder Ejecutivo designará a
un representante ante las Juntas Administrativas de las Fundaciones.
2º-Que mediante el Decreto Nº 24333-MP del 23
de mayo de 1995 se confiere dicha potestad de nombrar a un miembro de la Junta
Administrativa de esas personas jurídicas, al Presidente de la República junto
con el Ministro de Justicia.
3º-Que el Poder Ejecutivo, considera de suma
importancia emitir lineamientos generales que sirvan para adecuar la actuación
del representante del Poder Ejecutivo ante las Fundaciones.
4º-Que por existir un evidente interés público
en las Fundaciones, se hace necesario además reglamentar el proceso de
selección y nombramiento del representante del Poder Ejecutivo ante éstas. Por
tanto,
Decretan:
Reglamento al artículo 11 de la Ley de
Fundaciones
Artículo 1º-El presente reglamento
regulará el nombramiento y desempeño de las funciones del representante del
Poder Ejecutivo en las Fundaciones, designación establecida en el artículo 11
de la Ley de Fundaciones.
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