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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29773 >> Fecha 20/08/2001 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29773 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26

Artículo 26.—Cuando la jornada de trabajo es continua los conserjes deberán disponer de cuarenta minutos de almuerzo, tomándose este tiempo como labor efectiva de trabajo.

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