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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29773 >> Fecha 20/08/2001 >> Articulo 38
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29773 - Articulo 38
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Artículo 38
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Artículo 38

Artículo 38.—Durante el período de vacaciones queda prohibido al Ministerio de Educación Pública convocar a los conserjes a trabajar; aquellos directores que incumplieren esta disposición se harán acreedores a las sanciones disciplinarias correspondientes.

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