Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29773 >> Fecha 20/08/2001 >> Articulo 40
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 40     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 29773 - Articulo 40
Ir al final de los resultados
Artículo 40
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 40

Artículo 40.—Los conserjes están obligados a acatar y hacer cumplir las medidas que tienden a prevenir accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Ir al inicio de los resultados