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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29782 >> Fecha 21/08/2001 >> Articulo 70
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29782 - Articulo 70
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Artículo 70
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Artículo 70

Artículo 70.—La labor de la agencia certificadora no es compatible y excluye la actividad de producción, asesoramiento, exportación y mercadeo y comercialización de productos orgánicos y no puede ser considerada como tal, alguna de ellas en que se compruebe interés y participación en empresas que persigan los fines descritos.

 

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