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 Normativa >> Ley 8131 >> Fecha 18/09/2001 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 8131 - Articulo 5
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Artículo 5    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO V

TRANSITORIO V.- Para cumplir el principio presupuestario establecido en el artículo 6 de la presente Ley, el Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de tres ejercicios económicos para tomar las medidas necesarias que permitan su cabal cumplimiento.

 

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