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 Normativa >> Ley 8131 >> Fecha 18/09/2001 >> Articulo 60
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Normativa - Ley 8131 - Articulo 60
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Artículo 60
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ARTÍCULO 60

ARTÍCULO 60.- Órgano rector

La Tesorería Nacional será el órgano rector del Subsistema de Tesorería; por consiguiente, coordinará el funcionamiento de todas las unidades y dependencias que lo conforman.

 

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