Buscar:
 Normativa >> Ley 8131 >> Fecha 18/09/2001 >> Articulo 97
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 97     >>
Normativa - Ley 8131 - Articulo 97
Ir al final de los resultados
Artículo 97
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior
TÍTULO IX

TÍTULO IX

Subsistema de contratación pública

(Así modificada su denominación por el artículo 134 inciso k) de la Ley General de Contratación Pública, N° 9986 del 27 de mayo de 2021)

Artículo 97- Definición. El subsistema de contratación pública estará conformado por los principios, métodos y procedimientos, así como por los entes y órganos que participan en la gestión de las contrataciones de la Administración central, el cual está estrechamente integrado al Sistema de Administración Financiera de la República.

(Así reformado por el artículo 134 inciso k) de la Ley General de Contratación Pública, N° 9986 del 27 de mayo de 2021)

Ir al inicio de los resultados