Artículo 1
Tipo: Transitorio
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TÍTULO XIII
TÍTULO XIII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
CAPÍTULO ÚNICO
TRANSITORIO I.- De aprobarse esta Ley con posterioridad a la publicación de los lineamientos de política presupuestaria, las disposiciones relativas a la formulación del presupuesto se aplicarán en el ejercicio económico subsiguiente.
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