Buscar:
 Normativa >> Ley 8131 >> Fecha 18/09/2001 >> Articulo 97
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 97     >>
Normativa - Ley 8131 - Articulo 97
Ir al final de los resultados
Artículo 97
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
TÍTULO IX

TÍTULO IX

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES

Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 97.-Definición

            El Sistema de Administración de Bienes y Contratación Administrativa estará conformado por los principios, métodos y procedimientos utilizados así como por los organismos participantes en el proceso de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios por parte de la Administración Central.

Ir al inicio de los resultados