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N° 14112 H-EC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS DE HACIENDA Y DE
ECONOMIA Y
COMERCIO,
DECRETAN:
Artículo 1°--Se modifica el
Reglamento de la Ley de Impuesto General
sobre las Ventas, Decreto Ejecutivo N° 14082-H del 29
de
noviembre de 1982, en la siguiente forma:
1.- Se adicionan las listas de
mercancías exentas, contenidas en los incisos a), d) y e) del artículo 5°, con
los bienes que a continuación se
indican:
Inciso a)…..
Mercancías
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Partida NAUCA
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Bolígrafos desechables……………………..
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899-16-01
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Calzado
escolar, a juicio de la Administración Tributaria……………………………………………
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851
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Calzado
ortopédico……………………………….
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851
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Compases
para uso escolar……………………
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861-09-03
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Escuadras
para uso escolar…………………….
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861-09-03
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Fósforos
y cerillas a granel o en empaques…..
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899-02-00
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Gomas
para borrar de caucho…………………..
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629-09-07
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Gomas
para borrar de material de plástico…...
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899-17-12
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Helados…………………………………………….
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062-01-02
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Hojas de
papel para portafolio………………….
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642-02-01
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Jabón en
barra para lavar………………………..
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552-02-03
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Lápices
de colores para dibujar y crayones…...
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899-17-04
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Lápices
para escribir de mina gruesa…………
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899-17-04
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Papel
higiénico en hojas o en rollos………….
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642-09-06
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Pastas
dentales…………………………………
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552-01-06
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Reglas
milimetradas……………………………
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861-09-03
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Sacapuntas
de bolsillo (tajadores)……………..
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699-17-04
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Tiza en
barritas para escribir y dibujar…………
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899-17-05
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Transportadores……………………………………
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861-09-03
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Uniformes
escolares (sólo camisa, pantalón y enagua) a juicio de la Administración
Tributaria……………………………………………
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841-05
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Velas,
cirios, veladoras y mariposas para lámparas, excepto los coloreados,
decorados o perfumados……………………………………..
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899-01-01
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Inciso d)…..
Mercancías
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Partida NAUCA
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Aislantes
plásticos W, S y V, para cercas eléctricas………………………………………….
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721-19-03
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Alambres
de púas (alambre espigado), de hierro o acero…………………………………….
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699-05-01
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Alambre
liso de hierro galvanizado en calibres del doce al dieciséis A. W. G. para
cercas eléctricas ………………………………………….
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681-12-00
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Energizadores
(transformadores) para cercas eléctricas
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721-01-04
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Inciso e)……
Mercancías
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Partida NAUCA
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Alimentos preparados para animales criados por el hombre
para su alimentación, incluso las harinas de semillas oleaginosas…………
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081
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II.-Se
corrige en el artículo 5°, la enumeración de las siguientes subpartidas, en la
forma que a continuación se indica y se excluyen de la lista de mercancías
exentas, los aceites clasificados en las partidas NAUCA 313 y 599-09-15:
Harinas
de legumbres y frutas………………….
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055-04-04
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Emetina y todas sus sales………………………
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541-04-02
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Abridores
de huecos……………………………..
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716-03-04
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Biberones
para terneros………………………..
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899-11-01
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Cuadros
y pinturas hechas a mano, producidas en el país…………………………….
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899-21-03
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Determinadores
de humedad………………….
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861-09
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Libros y
folletos impresos incluso los atlas, con cualquier encuadernación………………….
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892-01-01
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Niveladoras
de arrastre (land plane)………….
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716-03-04
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Palas
delanteras………………………………….
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716-03-04
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Parasiticidas
externos e internos………………
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541-09-07
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Semen
congelado………………………………..
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291-09-13
y 001-01-01
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Sueros………………………………………………
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541-02-00
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Semillas
para sembrar, bulbos, tubérculos y rizomas de plantas, productos de flores o
follajes, estacas, esquejes, árboles vivos y otras plantas……………………………………….
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292-05-00
y las demás partidas conforme notas legales de la NAUCA
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III. Modificarse, el párrafo segundo
del artículo 13 y el inciso e) del artículo 19, los cuales se leerán así:
Artículo 13.-(Párrafo
segundo):
Cuando un contribuyente transfiera o
arriende su establecimiento mercantil a una persona no inscrita, debe pagar el
impuesto por las operaciones que hubiere realizado hasta la fecha de la transferencia
o arriendo, así como también el tributo que corresponda a la existencias de mercancías
destinadas a la venta y a los bienes para uso del negocio".
Artículo 19.- ...
e) Servicios de bodegaje o de desalmacenaje, independientemente de las personas que los
presenten; y".
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