Articulo 4°—Para presentar la solicitud de permiso a que se refiere el
articulo anterior, se deberá obtener de previo la autorización del Ministerio
de Salud
Artículo 4°—Para presentar la solicitud de permiso a que se
refiere el articulo anterior, se deberá obtener de previo la autorización del
Ministerio de Salud.
|