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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30006 >> Fecha 23/11/2001 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30006 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica revisará y actualizará, por períodos intercensales, la clasificación incluida en el presente Decreto, sobre la base de información confiable emanada del “Sistema Estadístico Naciona

Artículo 7º—El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica revisará y actualizará, por períodos intercensales, la clasificación incluida en el presente Decreto, sobre la base de información confiable emanada del "Sistema Estadístico Nacional" y el uso de métodos y técnicas conducentes al establecimiento de diferencias geográficas en el nivel de desarrollo socioeconómico.

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