CAPÍTULO III
CAPÍTULO III
De los Bomberos Voluntarios
Artículo 10.—De la Misión. Los Bomberos Voluntarios son una organización pública de bien social, creada para coadyuvar en la prevención, mitigación, extinción de incendios, atención de urgencias provocadas por accidentes y en toda clase de calamidades que afecten a la población. Sus integrantes prestan servicio en forma gratuita bajo la subordinación de las jefaturas del Cuerpo de Bomberos Permanentes y de Operaciones, o en su defecto, a la estructura de mando establecida por los Bomberos Voluntarios.
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