Artículo 42
Artículo 42.Faltas graves.
a. Desobediencia a una orden superior.
b. Instigación o actitud que pueda rebajar la moral del personal.
c. Daño intencional o por negligencia al equipo del Cuerpo de
Bomberos.
d. Daño intencional o por negligencia a los bienes de la propiedad
amenazada.
e. Falsedad ideológica y uso de documento falso.
f. Negligencia, impericia, imprudencia, dolo, omisión o desgano en la
misión u operaciones asignadas.
g. Deserción y abandono de funciones.
h. Sustracción de los bienes de la propiedad amenazada o de la
Institución.
i. Prestar servicio, dirigir operaciones, participar en reuniones de
trabajo, en estado de embriaguez, bajo efectos de drogas ilícitas o cualquier otra
condición análoga.
j. Irrespeto a los diferentes tipos de uniformes oficiales y símbolos
patrios.
k. Comportamientos inapropiados que riñan con la moral y las normas de
buena conducta.
l. Incumplimiento con Leyes, cuando exista fallo de tribunal de
justicia.
m. Insubordinación.
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