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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30131 >> Fecha 20/12/2001 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30131 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13

Artículo 13.—Aprobación. Aprobada la solicitud la DGTCC, emitirá un oficio de recomendación al MINAE para que se emita el permiso de construcción e instalación de la estación de servicio, o la denegatoria de la solicitud. Recibida la recomendación, el Jerarca de la Institución, cuenta con treinta días para emitir el permiso de construcción o la denegatoria a la solicitud. Una vez comunicada la resolución de autorización de construcción de la estación de servicio, la DGTCC cuenta con un término de diez días naturales, para hacer entrega al solicitante de los planos debidamente autorizados y sellados por esta dependencia.

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