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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30131 >> Fecha 20/12/2001 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30131 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11

Artículo 11.—Planos Arquitectónicos de Conjunto: La compañía especializada deberá presentar los siguientes planos:

11.1 Planta arquitectónica de cada uno de los edificios y zonas que componen la estación de servicio, incluyendo fachadas, cortes e información topográfica.

11.2 Croquis de localización indicando la dirección del tránsito vehicular en las calles colindantes.

11.3 Localización de tanques de almacenamiento indicando su capacidad y tipo de producto, venteos, pozos de observación y/o monitoreo.

Islas de abastecimiento indicando los elementos que las componen.

11.4 Ubicación de extintores.

11.5 Circulaciones de vehículos y del camión cisterna que abastecerá de combustible a la estación de servicio. Tipo de pavimento y niveles generales de pisos terminados.

11.6 Localización del anuncio distintivo independiente.

11.7 Áreas verdes.

11.8 Proyección de techos.

11.9 Planta de comercios y servicios complementarios.

11.10 Tabla de áreas indicando porcentaje y superficie de cada uno de los locales, circulaciones, áreas verdes, estacionamientos y demás zonas que componen la estación de servicio.

Instalaciones mecánicas:

11.11 Planta de conjunto marcando la distribución de líneas de producto, recuperación de vapores (cuando la autoridad lo requiera) y venteos, con la indicación de sus diámetros, pendientes y el tipo de material de las tuberías, señalando cada uno de los tipos de combustibles.

11.12 Tipo y características de tanques y surtidores, indicando válvulas, accesorios y conexiones de seguridad, detalle de contenedores en islas de surtidores y bombas sumergibles, sistemas de detección de fugas, válvulas de cierre rápido (shut-off), válvulas de presión vacío en venteos de gasolinas y válvula de venteo para combustible diesel.

11.13 Cortes de trincheras para tuberías.

11.14 Sistema de detección de fugas.

Instalaciones hidráulicas y de aire:

11.15 Planta de conjunto marcando la distribución de las líneas de agua y aire, sus diámetros y tipo de tubería.

11.16 Capacidad y ubicación del compresor de aire y de la cisterna.

11.17 Diagrama de la instalación, incluyendo conexiones y toma de la red municipal, indicando válvulas de retención y antisifón para prevenir contraflujos y contaminación.

11.18 Prevista para riego en las áreas verdes.

11.19 Cuando existan servicios de lavado y lubricado se sujetarán a las disposiciones que las autoridades indiquen en materia ambiental.

Instalaciones sanitarias y drenajes:

11.20 Planta de conjunto con la distribución de la red de drenaje de aguas negras y aguas pluviales, señalando sus diámetros y pendientes de tuberías y sus descargas a la red municipal, incluyendo los detalles en planta y corte de registros y rejillas.

11.21 Se indicarán por separado los registros que capten aguas oleaginosas (trampas de grasa o de combustible).

11.22 Planta y cortes sanitarios de baños para hombres, mujeres y empleados (debe considerar las instalaciones y accesos para discapacitados).

11.23 Planta, cortes y detalles de trampa de aguas oleaginosas.

11.24 Desarenador y trampa de grasas (cuando exista servicio de lavado y lubricación).

11.25 Fosa séptica y sistema de absorción cuando no exista alcantarillado sanitario o en su caso, el sistema de desecho de aguas que indiquen las autoridades correspondientes.

11.26 Cuadro de simbología hidráulica-sanitaria.

11.27 Así como cualquier otra reglamentación que exista sobre esta materia.

Instalaciones eléctricas:

11.28 Planta de conjunto indicando la acometida y el centro de control eléctrico.

11.29 Diagrama unifilar.

11.30 Cuadros de cargas.

11.31 Detalles del tablero de control.

11.32 Distribución eléctrica de corriente alterna (CA), y cuando exista, indicar la corriente directa (CD).

11.33 Control eléctrico del sistema de detección de fugas y del control de inventarios en tanques surtidores, señalando el equipo a prueba de explosión necesario para cada caso. Indicar tanto cédula de tuberías como sellos eléctricos tipo "EYS" o similar, de acuerdo con la clasificación de zonas peligrosas del grupo D, clase 1, divisiones 1 y 2, de acuerdo con el Capítulo 5: Ambientes Especiales, del Código Eléctrico de Costa Rica (CODEC).

11.34 Sistema de iluminación exterior, controles de iluminación y anuncios.

11.35 Comunicación de surtidores a control.

11.36 Sistema de tierras y paros de emergencia.

11.37 Conexión alterna de la bomba de agua, sistema hidroneumático y otros.

11.38 Interruptores manuales o de fotocelda.

11.39 Instalaciones especiales (aire acondicionado, teléfono, contra incendio, sonido, sistemas inteligentes, entre otros).

11.40 Cuadro de simbología eléctrica.

11.41 Planos complementarios. Como complemento a los planos mencionados con anterioridad, se tendrán como respaldo al proyecto ejecutivo completo los siguientes planos:

11.41.1 Estructurales

11.41.2 Señalización

11.41.3 Acabados

11.41.4 Instalaciones especiales

11.41.5 Memoria de cálculo y descriptivas

Responsable del Área

11.42 En la memoria de cálculo, los capítulos de cada especialidad y los planos correspondientes deben indicar los datos de los responsables del área del proyecto que se señalan a continuación:

11.42.1 Área Civil: Ingeniero civil o Arquitecto con su respectivo número de registro profesional, nombre completo y firma.

11.42.2 Área Mecánica: Ingeniero Mecánico con su respectivo número de registro profesional, nombre completo y firma.

11.42.3 Área de seguridad contra incendios: Conjunto de profesionales que participan en la elaboración del proyecto, los cuales deben anotar su respectivo número de registro, profesional, nombre completo y firma.

11.42.4 Área Eléctrica: Ingeniero Eléctrico con su respectivo número de registro profesional, nombre completo y firma.

11.43 Todos los documentos originales vigentes de alineamientos, líneas de construcción, retiros de protección a quebradas, y cualquier otro retiro que deba respetarse para la construcción del proyecto, emitidos por las entidades respectivas, según lo presentado en la solicitud. Lugar para oír notificaciones si fuere diferente del indicado en el artículo 7.9.

11.44 La DGTCC cuenta con un plazo de quince días para la aprobación de planos.

 

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