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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30131 >> Fecha 20/12/2001 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30131 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Alcance

Artículo 2º—Alcance. Este reglamento está dirigido a toda persona física o jurídica que almacene o comercialice combustibles derivados de los hidrocarburos.

 

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