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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30233 >> Fecha 20/02/2002 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30233 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43

Artículo 43.—Publicación. Además de la información a que se refiere el artículo 15 de la Ley, el aviso que debe publicarse respecto a la solicitud de inscripción de un nombre comercial, deberá contener:

a) El nombre comercial, tal como se hubiere solicitado;

b) La dirección o ubicación exacta de la empresa o establecimiento que identifica.

c) El giro o actividad de la entidad, empresa o establecimiento mercantil que identifica.

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