Artículo 5º—Requisitos de las gestiones a las solicitudes en trámite
Artículo 5º—Requisitos de las gestiones a las
solicitudes en trámite. Se deberá indicar en los escritos que se presenten a
las gestiones en trámite:
a) El número de expediente a que se refiere
la gestión;
b) El nombre del solicitante o de quien lo
representa;
c) El signo distintivo al que se refiere.
d) Los requisitos contemplados en el artículo
3.
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