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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30233 >> Fecha 20/02/2002 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30233 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—Formularios impresos

Artículo 7º—Formularios impresos. El Registro podrá establecer formularios impresos de utilización no obligatoria para la presentación de las solicitudes y de la información relacionada con éstas, para los avisos que se publiquen en el Diario Oficial y para los demás trámites y actos que el Director del Registro pudiera determinar mediante instrucción administrativa.

El Registro aplicará en la medida de lo posible las normas técnicas internacionales e información relativa a los títulos de propiedad industrial.

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