DECRETOS
DECRETOS
Nº 30058-H-MP-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, Y LOS MINISTROS DE HACIENDA, DE LA PRESIDENCIA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
En ejercicio de las facultades que les confiere los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política y el artículo 129 de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de setiembre del 2001.
Reglamento de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
LIBRO PRIMERO
Régimen General de la Administración Financiera
TÍTULO ÚNICO
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
Objetivo, órgano rector y definiciones
Artículo 1º—Objetivo. En el presente reglamento se regula la aplicación de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, mediante el desarrollo de los principios y procedimientos que serán utilizados por los entes y órganos que conforman el Sistema de Administración Financiera del Sector Público, así como de las disposiciones normativas complementarias para el ejercicio de su competencia.
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