DECRETOS
Nº 30058-H-MP-PLAN
(Así Derogado por el artículo 153 (actual 154) del
decreto ejecutivo N° 32988 del 31 de enero del 2006)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, Y LOS MINISTROS
DE HACIENDA, DE LA PRESIDENCIA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
En ejercicio
de las facultades que les confiere los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la
Constitución Política y el artículo 129 de la Ley de la Administración
Financiera y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de setiembre del 2001.
Reglamento de la Ley de Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos
LIBRO PRIMERO
Régimen General de la Administración Financiera
TÍTULO ÚNICO
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
Objetivo, órgano rector y definiciones
Artículo
1º—Objetivo. En el presente reglamento se regula la aplicación de la Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, mediante el
desarrollo de los principios y procedimientos que serán utilizados por los
entes y órganos que conforman el Sistema de Administración Financiera del
Sector Público, así como de las disposiciones normativas complementarias para
el ejercicio de su competencia.
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