SECCION III
Artículo 10.—Competencia
del Departamento de Asesoría. El Departamento se encarga de dar asesoría técnica
jurídica. Procura la uniformidad de criterios en la interpretación y aplicación
de las normas sustantivas para el Sistema Aduanero Nacional. Atiende, con
criterios técnicos sustantivos aduaneros, las consultas de naturaleza jurídica
que plantean los usuarios, funcionarios y otras dependencias públicas. Define
junto con el Director de
la Dirección Normativa
, el criterio institucional en la interpretación y aplicación de las normas
aduaneras. También le corresponde estudiar, proponer y analizar las reformas de
las normas jurídicas que componen el régimen jurídico aduanero, incluso las
que propongan otras entidades públicas y
la Asamblea Legislativa
aplicando las mejores prácticas aduaneras internacionales, sin perjuicio de la
facilitación del comercio y el control aduanero efectivo.
Le compete además
administrar y mantener actualizado el sistema de digesto aduanero para consulta
de los funcionarios y del público mediante la aplicación de técnicas modernas
de sistematización, recopilación, clasificación, vinculación y difusión de
los documentos de interés jurídico generados por
la Dirección General
de Aduanas.
El Departamento estará a
cargo de un jefe.
(Así
reformado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 34475 de 4 de abril de
2008).
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