CAPITULO II
CAPITULO II
Derogaciones y vigencia
Artículo
568.-Disposiciones derogatorias (Derogado por el artículo
597 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante decreto
ejecutivo N° 44051 del 18 de mayo del 2023)
(Corrida su numeración por el artículo 28 del decreto ejecutivo
N° 28976 de 27 de setiembre del 2000, que lo traspaso del antiguo artículo 538
al 544)
(Corrida su numeración por el artículo 2° decreto ejecutivo N° 39267 del 19
de octubre de 2015, que lo traspaso del antiguo artículo 544
al 568)
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