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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25270 >> Fecha 14/06/1996 >> Articulo 190
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25270 - Articulo 190
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Artículo 190
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Artículo 190.—Mercancías en comiso

También serán vendidas en subasta pública, por la aduana de control, las mercancías declaradas en comiso, conforme a las disposiciones legales en materia de contrabando y defraudación fiscal, previa orden de la autoridad judicial.

 

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