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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25270 >> Fecha 14/06/1996 >> Articulo 33
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25270 - Articulo 33
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Artículo 33
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SECCION III

SECCION III

Unidad de Asesoría Legal

Artículo 33.—Competencias de la Unidad de Asesoría Legal.

Le corresponde a esta Unidad apoyar a la Aduana en materia jurídica.

La Unidad de Asesoría Legal tendrá las siguientes funciones:

  1. Asesorar a la Gerencia, en materia de carácter legal y en todos aquellos asuntos que por su naturaleza, requieren de su concurso.
  2. Elaborar dictámenes y preparar resoluciones sobre los reclamos presentados por los auxiliares y usuarios.
  3. Realizar las acciones de su competencia sobre cobros a los auxiliares por pérdidas de mercancías; instruir el proceso para decretar prendas aduaneras, el traslado de cargos a los responsables de deudas, instruir expedientes y realizar investigaciones articulares por requerimiento de las autoridades superiores.
  4. Coordinar y ejecutar las acciones administrativas y judiciales de orden técnico-jurídico necesarias para la defensa de los intereses de la aduana.
  5. Estudiar y analizar proyectos, reglamentos normas, disposiciones y otros instrumentos similares, relativos a las actividades que desarrolla la aduana y hacer las recomendaciones pertinentes.
  6. Realizar el estudio y emitir el criterio razonado a las consultas que son sometidas a su consideración.
  7. Supervisar y controlar el archivo de las denuncias presentadas con relación a situaciones anómalas, sobre defraudación aduanera y contrabando.
  8. Otras que le encomiende la Gerencia.

 

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