a) Hacer cumplir el objetivo principal, los fines y las
funciones señaladas en la ley.
b) Definir y orientar la política de la Institución en
materia de docencia y extensión, preferentemente en las áreas relacionadas con las
carreras que impartirá; además, velar por el aprovechamiento adecuado de la
infraestructura.
c) Proponer al Consejo Superior de Educación la creación,
la modificación, el ajuste o la supresión de carreras.
d) Aprobar el proyecto de presupuesto y proponerlo al
Consejo de Educación Superior.
e) Dictar las normas que regirán el funcionamiento
académico y administrativo de la Institución, según la ley y su reglamento.
f) Proponer el proyecto de su estatuto orgánico al Consejo
Superior de Educación, para su conocimiento y resolución.
g) Celebrar convenios con las universidades nacionales para
la formación de los recursos humanos, la investigación y la acción social, y el
otorgamiento de los títulos correspondientes por parte de ellas.