Artículo 6°El Consejo Directivo sesionará dos veces al mes y podrá
celebrar sesiones extraordinarias
Artículo 6°El Consejo Directivo
sesionará dos veces al mes y podrá celebrar sesiones extraordinarias. Será presidido
por el Decano del Colegio quien, en caso de empate, gozará de doble voto en la segunda
votación. El quórum se conformará con la mitad más uno de los miembros del Consejo.
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