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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30438 >> Fecha 19/04/2002 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30438 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13

Artículo 13.—Sobre los deberes de instituciones y organizaciones sociales: Para cumplir con lo establecido en el artículo 15 de la Ley, se establece que:

a) El Consejo emitirá los lineamientos de la política nacional sobre envejecimiento y vejez.

b) El Consejo solicitará el apoyo solidario de las organizaciones de la sociedad civil y diferentes grupos organizados para lograr una cobertura nacional en la atención integral a las personas adultas mayores.

 

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