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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30438 >> Fecha 19/04/2002 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30438 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18

Artículo 18.—Sobre las modificaciones de los programas: Para cumplir con lo establecido en el artículo 21 de la Ley, el Consejo Superior de Educación dictará, anualmente, las políticas educativas relacionadas con el envejecimiento y velará por su cumplimiento.

 

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