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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30438 >> Fecha 19/04/2002 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30438 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23

Artículo 23.—Sobre los procedimientos de cooperación: El Banco Hipotecario de la Vivienda, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y el IMAS, entre otras instituciones, podrán establecer en forma conjunta, mediante convenios de cooperación, los instrumentos que fueren necesarios para la mejor implementación de las medidas tendientes al cumplimiento de las anteriores disposiciones.

 

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