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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30438 >> Fecha 19/04/2002 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30438 - Articulo 24
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Artículo 24
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CAPÍTULO V

CAPÍTULO V

Trabajo

Artículo 24.—Sobre las oportunidades laborales: Como complemento a lo establecido en el artículo 4 de la Ley y el artículo 5 del presente Reglamento, el MTSS como ente rector, deberá:

a) Brindar, por medio del Programa Nacional para la Micro y Pequeña Empresa, asesoramiento, capacitación y asistencia técnica a las personas adultas mayores que quieran ser beneficiarias de los créditos contenidos en los programas desarrollados institucionalmente y aportar la información necesaria sobre proyectos productivos que se refieran a la actividad ordinaria del Ministerio.

b) Financiar programas tendientes a brindar oportunidades económicas a las personas adultas mayores; así como programas que se desarrollen en el ámbito estatal de financiamiento no reembolsable por medio de la Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, dentro del marco legal existente.

c) Promover la captación de empleo de personas adultas mayores por parte de empresas, asociaciones, cámaras y cualquier otra entidad patronal.

d) Apoyar y servir de facilitador a las organizaciones de personas adultas mayores en la ejecución de acciones que éstas realicen dentro del mercado laboral.

e) Velar para que la ubicación de empleo de las personas adultas mayores trabajadoras cumpla las condiciones y derechos, en forma digna y adecuadamente remunerada.

f) Brindar asesoramiento a los empleadores para el análisis de puestos y readaptación del empleo a las personas adultas mayores.

g) Brindar permanentemente información sistematizada a las personas adultas mayores sobre la oferta y demanda del mercado laboral, a través de la Dirección General de Empleo.

h) Ofrecer asistencia técnica a los departamentos de recursos humanos de las empresas, a efecto de que se promueva la colocación de personas adultas mayores que reúnan los requisitos establecidos en su petición de personal, efectuando su seguimiento y evaluación, de forma que el mecanismo de reclutamiento se adapte a las necesidades de las personas adultas mayores.

 

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