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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30438 >> Fecha 19/04/2002 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30438 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—Sobre el derecho a la integridad e imagen: Para garantizar el cumplimiento del derecho a la integridad e imagen de las personas adultas mayores en cuanto a su seguridad física y psicológica, será necesario que:

Artículo 7º—Sobre el derecho a la integridad e imagen: Para garantizar el cumplimiento del derecho a la integridad e imagen de las personas adultas mayores en cuanto a su seguridad física y psicológica, será necesario que:

a) Todas las instituciones públicas y privadas presten especial atención y sensibilicen a sus funcionarios y funcionarias en cuanto a las medidas que deben tomar para promover este derecho.

b) Todas las instituciones realicen acciones que permitan el fortalecimiento de la autonomía, dignidad y valores de las personas adultas mayores.

c) Toda publicación e información que se realice en los medios de comunicación deberá respetar la imagen e integridad de la persona adulta mayor.

 

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