CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV
Programa de fortalecimiento para la innovación
y el desarrollo tecnológico de las PYMES
Artículo 13- Se crea el Programa de Apoyo a la Pequeña y
Mediana Empresa (Propyme), el cual tendrá como objetivo
financiar las acciones y actividades dirigidas a promover y mejorar la
capacidad de gestión y competitividad de las pequeñas y medianas empresas
costarricenses, así como el emprendimiento, mediante el desarrollo tecnológico
como instrumento para contribuir al desarrollo económico y social de las
diversas regiones del país.
El Propyme obtendrá, para su
operación, los recursos del presupuesto nacional de la República y el
Ministerio de Hacienda los transferirá anualmente a un fideicomiso creado por la
Promotora como ente administrador de los recursos. Dichos recursos, previo
acuerdo de la Junta Directiva de la Promotora, podrán ser invertidos en el
tanto no estén siendo utilizados con el objeto de generar utilidades, las
cuales serán utilizadas en los mismos fines de dicho fondo, es decir, para el
uso exclusivo por parte de las pequeñas, medianas empresas y los
microempresarios. El fideicomiso será creado conforme a las disposiciones de la
autoridad presupuestaria. Este programa se enmarca dentro del Fondo de
Incentivos que contempla la Ley 7169, Ley de Promoción del Desarrollo
Científico y Tecnológico, de 26 de junio de 1990.
(Así
reformado por el artículo 24 de la Ley de Creación de
la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, ley N° 9971 del 11 de
mayo del 2021)
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