Buscar:
 Normativa >> Ley 8279 >> Fecha 02/05/2002 >> Articulo 38
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 38     >>
Normativa - Ley 8279 - Articulo 38
Ir al final de los resultados
Artículo 38
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 38

Artículo 38.—Autorización para Asignar Recursos. Autorízase al Estado y sus instituciones para que efectúen donaciones o asignen recursos humanos o financieros al ECA, con el propósito de que alcance sus fines y ejecute proyectos específicos. Esta autorización no incluye los bienes demaniales del Estado, definidos en el inciso 14) del artículo 121 de la Constitución Política.

Ir al inicio de los resultados