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 Normativa >> Ley 8261 >> Fecha 02/05/2002 >> Articulo 21
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Normativa - Ley 8261 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21

Artículo 21.—Requisitos para ejercer el cargo de director ejecutivo. Para ejercer el cargo de director ejecutivo se requerirá:

a) Poseer, como mínimo, el grado académico universitario de licenciatura o su equivalente y estar incorporado al colegio respectivo.

b) Tener experiencia y conocimiento en el campo.

c) Ejercer el cargo a tiempo completo y con dedicación exclusiva.

d) Ser de reconocida solvencia moral y ética.

El subdirector ejecutivo deberá cumplir los mismos requisitos exigidos para el cargo de director ejecutivo.

 

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