Artículo 18.—Del
equipo de capacitación, supervisión y seguimiento: El Equipo de
Profesionales contratado para desarrollar acciones de Capacitación, Supervisión
y Seguimiento del Programa dentro de un marco de intervención
interinstitucional, atenderá los lineamientos del Programa, de conformidad con
los lineamientos técnicos y administrativos directos de la Secretaría Técnica y
en cuanto a administración y control disciplinario dependerá del Instituto
Nacional de Aprendizaje.
El Equipo de Capacitación,
Supervisión y Seguimiento, esta distribuido en tres niveles:
1. Supervisoras Nacionales: Les corresponderá operacionalizar el programa, realizando una función de
coordinación interinstitucional en el nivel nacional y brindando asesoría,
supervisión seguimiento y capacitación a las supervisoras y a las facilitadoras, con el propósito de contribuir a la óptima
implementación de la política dirigida a las mujeres en condiciones de pobreza.
Las integrantes del equipo de Supervisión Nacional podrán ser ubicadas en las
oficinas del INA o en las instalaciones físicas de las otras instituciones
participantes del programa.
2. Supervisoras Regionales: Les corresponderá la supervisión
y realimentación a las facilitadoras de los grupos el
seguimiento y la coordinación con las demás instituciones que participan del
Programa en el ámbito regional.
3. Facilitadoras: Les
corresponderá la capacitación del Componente Fortalecimiento Personal y Colectivo
de las mujeres, sobre la base de la propuesta teórico metodológica elaborada
por el Instituto Nacional de las Mujeres. La misma deberá ser aprobada por la
Secretaría Técnica del Programa.
La Secretaria Técnica, definirá los
criterios técnicos y metodológicos que guían el trabajo del equipo, coordinará
directamente con las Supervisoras Nacionales, para canalizar las acciones y
directrices respectivas hacia las Supervisoras Regionales y de éstas a las facilitadoras.
La Secretaría Técnica emanará anualmente,
lineamientos y directrices al Equipo de Capacitación, Supervisión y Seguimiento
para la adecuada ejecución del programa a nivel nacional.
La evaluación del equipo de
Supervisión y Seguimiento, estará bajo la responsabilidad de la Secretaría
Técnica mediante los mecanismos que considere conveniente.